No obstante lo antecedente, la parte B del anexo I y la parte B del anexo V entrarán en vigor a los seis meses de la publicación del Existente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado». 2.º Las superficies transparentes o translúcidas de las puertas y portones que no sean https://franki925qva3.wonderkingwiki.com/user