Junto con todo lo anterior, en el artículo 5.7 del Reglamento General de Conductores también se permite que las personas que tengan el carnet B (el de coche) en vigor y más de tres años de experiencia puedan conducir motos de la clase A1. Superar un examen teórico, que consta https://wildbookmarks.com/story19440500/the-best-side-of-requisitos-del-permiso-de-conducir-en-espa%C3%B1a