Cuando se exija un sistema de abastecimiento de agua contra incendios, sus características y especificaciones serán conformes a lo establecido en la norma UNE 23500. 1. La instalación de equipos y sistemas a los que se refiere este Reglamento se realizará por empresas instaladoras, debidamente habilitadas ante el órgano competente https://redcontraincendiosnsr-1079875.targetblogs.com/36597624/la-regla-2-minuto-de-red-contra-incendios-nsr-10