Es lo que se conoce como litigar en causa propia, posibilidad que está contenida en el artículo 33 del Código Procesal del Trabajo: Con fundamento en los hechos expuestos, muy comedidamente solicito al señor mediador, que previo el examen de mi personería para actuar como representante de la parte demandante. https://linkingbookmark.com/story19801134/datos-sobre-demanda-laboral-nuevo-sistema-revelados