En Derecho se denominan condiciones a los sucesos futuros de dudoso acaecimiento del que se hacen servir el inicio o la agonía de relaciones jurídicas. En el primer caso se habla de condiciones suspensivas (“Te abonaré un premio si apruebas el examen”) y en el segundo, de condiciones resolutorias (“Te https://medinaempresarialsst.com/planos-red-incendios/